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III Encuentro Notarial Inmobiliario.


III ENCUENTRO NOTARIAL INMOBILIARIO AMPI



3er. Encuentro Notarial Inmobiliario

AMPI, la Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios, como en ocasiones anteriores, nos han invitado a presenciar el 3er. Encuentro Notarial Inmobiliario que, este año 2020 y debido a las condiciones de la contingencia sanitaria, se hubo desarrollado a distancia por medio de la plataforma Zoom.


PONENTES

PATROCINADORES

El evento se llevó a cabo el día 14 de octubre de 2020 en un horario de 09:30 a 15:00 hrs con un atractivo contenido. Fue un grupo de notarios invitados quienes expusieron temas diversos y una conferencia magistral a cargo de la maestra Benita Hernández Cerón, Directora General del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México. Además, este evento tuvo un grupo de selectos patrocinadores.


La inauguración estuvo a cargo de la maestra Benita Hernández Cerón.


Maestra Benita Hernández Cerón


LIC. JUAN ENRICO GAMBA AYALA


El Lic. Gamba nos compartió el tema "Implementación de los aspectos fiscales en el sector inmobiliario". Comentaba que las leyes y los reglamentos tienen una correlación para el arrendamiento y para la compra venta de inmuebles. Lo que se va a hacer con el inmueble dependerá de la finalidad.


Hay que hacer una planeación patrimonial, hacer estrategias dentro de un marco jurídico. Es importante que el cliente diga que es lo que piensa hacer en le futuro para dar una asesoría correcta. También comentaba que es importante que el arrendador de aviso al ministerio público de cualquier cosa extraña en el comportamiento del inquilino. Hay que revisar toda la parte legal para no tener problemas. Es importante que desde un principio se vea la parte de implementación y estrategia fiscal. Saber qué es lo que el dueño del inmueble va a hacer con lo de la compra venta.


Lic. Juan Enrico Gamba

También puntualizaba que todo translado de dominio causa impuestos pero dependerá de cómo se realiza. Además un usufructo vitalicio, que es una enajenación, también causa impuesto. Si se arma como una conseción en donde se presta un inmueble y luego se regresa se puede evitar el impuesto. En el caso de las fibras, cuando hay inversiones muy grandes hay estímulos fiscales. La Fibra E tiene estímulos y beneficios fiscales.

En conclusión, hay que armar una planeación patrimonial. Los inmuebles son parte importante para el individuo, porque además de ser para vivir también son para invertir.

Cuando se trata de un comodato se requiere de un contrato e indicar como, cuando y en que condiciones va a ser devuelto el inmueble. Cuando se trata de una donación, las herencias o los legados no pagan nada. Lo que cuesta es la escritura como si se estuviera comprando pero no genera un ISR cuando se está realizando entre esposos o de ascendentes a descendentes o viceversa.



DR. PEDRO CORTINA LATAPÍ. Not. 226 de la Ciudad de México


El doctor Cortina, dedicado por más de 25 años al notariado, compartió el tema referente al ISR y otras cuestiones. Nos comentaba que el ISR se calcula de manera anual y hasta entonces se genera el impuesto a pagar. El costo comprobado de adquisición hay que actualizarlo conforme a la inflación o INPC. La ley separa el terreno de la construcción. La construcción se deprecia en un 3% y ahora se empata con la inflación , aumenta de precio por inflación o por plusvalía.


Dr. Pedro Cortina Latapí

Los inmuebles han dejado de subir como desde hace 10 años que llegaban a duplicar su valor. Una medida de planeación fiscal , en terrenos o casas, aunque la escritura no diga se puede incidir de la proporción de porcentajes o la proporción catastral y se puede perder el 3% de la depreciación anual.

Desde 2014, un vendedor tiene la obligación de expedir un CFDI por internet. En las personas físicas la puede expedir el notario.


A continuación les compartimos la exposición del Dr. Cortina con su aportación muy importante:




DR. FERNANDO DÁVILA REBOLLAR. Not. 235 de la Ciudad de México


Notario en la Ciudad de México desde el año 1999, participó en este evento con el tema "Sucesiones, el mito en la venta de los herederos."

El Dr. Dávila hacía énfasis que es muy importante que los herederos de un inmueble se adjudiquen éste lo antes posible una vez que la persona que hereda fallezca. Este tipo de circunstancias se presta a menudo a tráfico inmobiliario debido a que el heredero prefiere vender para capitalizarse o por falta de interés en el inmueble. Aún así es importante primeramente hacer el proceso de adjudicación del inmueble.

También comentaba que, como notarios, siempre recomiendan que un inmueble tenga un solo propietario cuando se hereda un inmueble a varias personas, es decir, que la adjudicación recaiga en una sola persona debido a que puede ser la fuente de muchos problemas. Otra opción sería vender la propiedad para evitar los múltiples propietarios.

Precisaba que en la Ciudad de México, el impuesto por heredar existe y que es inevitable. Aunque en el código fiscal de la Ciudad de México existe una tasa cero para inmuebles con un valor catastral que no exceda de $2, 361, 832.00 pesos. Otro caso es cuando la adjudicación del inmueble es para conyuge, concubina o los hijos, y que no hayan pasado más de 5 años del fallecimiento de la persona que hereda y además que el valor del inmueble por avaluo no exceda el valor de $2, 361, 832.00 pesos.

Para conocer más detalles de la ponencia del Dr. Dávila Rebollar les compartimos parte de su participación:




MAESTRA BENITA HERNÁNDEZ CERÓN


La maestra Hernández es, como ya referíamos, la Directora General del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México. Doctora en Derecho por el Centro Universitario de Estudios Jurídicos, Maestra en Derecho por la Universidad Tecnológica de México y Licenciada en Derecho por la Universidad de la Sierra en Puebla. Nos presentó el tema "Registro Público de la Propiedad en tiempos de pandemia", en donde comentaba que el registro ha seguido laborando y buscando aliados atendiendo a las medidas sanitarias.

Continuan ofreciendo el servicio de expedición de certificados, utilizando la web para ofrecer atención de forma telemática.

Puntualizaba que los trámites realizados cuentan con una caducidad. Se tienen 10 días para obtener una calificación vía telemática. Desde el 20 de marzo se detuvieron las respuestas a trámites. De acuerdo con la Jefa de Gobierno, se volverá a abrir al público hasta que el semáforo se encuentre en color verde.

Para los trámites vía web se necesita llenar una solicitud, con los datos del registrante y la solicitud se imprime, se pagan los derechos y le llega vía correo el número de entrada del trámite. Una vez que el trámite se ha agotado se puede recoger de manera presencial.


Indicó que en la siguiente liga se puede ingresar al catálogo de trámites del registro público:

http://data.consejeria.cdmx.gob.mx/index.php/dgrppyc/catalogo-de-tramites


Catálogo de trámites en línea para los servicios del registro publico de la propiedad

Clic en la imagen para visitar el sitio del RPP


Les compartiremos una parte de la ponencia de la maestra Hernández con información muy útil así como una sesión de preguntas y respuestas:





PANEL DE DISCUSIÓN


Este panel conformado por tres notarios de la Ciudad de México tocaron el tema de "La Firma Electrónica"


Lic. Luis Antonio Montes de Oca

Lic. Luis Antonio Montes de Oca

Not. 29 CDMX

Dr. David Figueroa Marquez

Dr. David Figueroa Márquez

Not. 57 CDMX

Lic. Luis E. Paredes Sánchez.

Lic. Luis E. Paredes Sánchez

Not. 180 CDMX


El Lic. Paredes nos compartió las tres funciones de una firma electrónica:

• Identificación de la persona como autor de un documento.

• Privacidad de la información. Tiene la función de lo que haría un sobre físico en donde se resguardan documentos.

• Seguridad e integridad de la información.Hace la función de una rúbrica que protege las páginas de un documento.


También comentaba acerca de los tipos de firmas. Se pueden clasificar según su medio de creación o por su fiabilidad.


El Lic. Luis Antonio Montes de Oca precisaba que para que exista un acto jurídico tiene que existir tanto el consentimiento, la oferta o intención, y el objeto que es quien va a recibir esa oferta. El objeto de la obligación. Un tercer elemento es la solemnidad en algunas situaciones como en el caso de los testamentos. Cuando ya existe un acto jurídico con base a la existencia de estos elementos, ahora hay que darle validez.


El Dr. David Figueroa hacía mención de que no se le puede privar a la ciudadanía de la seguridad y la certeza que representa en llevar sus asuntos ante notario de forma presencial y en esta época de actos en forma remota todavía falta crear una estructura informática sólida para los actos formalizables ante notario. Mexico lleva buen camino en esta modalidad por ejemplo en el asunto de certificación de copias usando firma electrónica.


Para una información un poco más detallada les compartimos parte de esta presentación del panel con los notarios y el tema de la firma electrónica:






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FUENTE DE REFERENCIA:

3ER. ENCUENTRO NOTARIAL INMOBILIARIO.

AMPI. CIUDAD DE MÉXICO

EVENTO EN MODALIDAD VIRTUAL

PLATAFORMA ZOOM

14 DE OCTUBRE DE 2020